Flyer de ContaSosa sobre el régimen especial del IPS para micro y pequeñas empresas: base imponible de G. 2.435.200 y aporte total de G. 620.976.
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MIPYMES e IPS: aportar sobre el 80 % exige cumplir condiciones

Guía vigente al 30 de octubre de 2026. El régimen especial de seguridad social para micro y pequeñas empresas permite calcular aportes al IPS sobre una base equivalente al 80 % del salario mínimo legal, pero su aplicación exige clasificación, inscripción y validaciones. No alcanza con que el negocio se considere “pyme”.

Qué establece el régimen

La Resolución C.A. del IPS N.º 025-004/2026, dictada en el marco de la Ley N.º 7.444/2025 y el Decreto N.º 4.535/2025, reglamenta el régimen para microempresas (MIE) y pequeñas empresas (PE). La página oficial del IPS sobre MIPYMES aclara que la tasa total sigue siendo 25,5 %, aplicada sobre la base reducida.

El beneficio es temporal: hasta 36 meses, contados desde la expedición de la Cédula MIPYMES o la validación del contrato por el MTESS, según el supuesto aplicable. Vencido ese plazo, el aporte vuelve a calcularse sobre el 100 % del salario mínimo vigente. Las medianas empresas no están incluidas en esta base especial.

Cuánto representa hoy

El Decreto N.º 6.225/2026 fijó desde el 1 de julio de 2026 el salario mínimo general en G. 3.044.000. Por eso, el 80 % equivale a G. 2.435.200. Sobre esa referencia, el cálculo mensual es:

ConceptoPorcentajeMonto
Aporte del trabajador9 %G. 219.168
Aporte del empleador16,5 %G. 401.808
Total IPS25,5 %G. 620.976

Estos montos cambian cuando se reajusta el salario mínimo. Además, el IPS advierte que el reconocimiento de semanas o años para la jubilación será proporcional al aporte efectivamente realizado.

Qué debe verificar la empresa

  • Contar con Cédula MIPYMES y clasificación vigente como micro o pequeña empresa.
  • Gestionar la inscripción patronal por la plataforma de formalización del SUACE–MIC.
  • Registrar a los trabajadores mediante el REI Externo del Empleador.
  • Presentar y validar el contrato en el REOP cuando corresponda, conforme a la Resolución MTESS N.º 220/2026.
  • Presupuestar desde ahora el paso a la base del 100 % al finalizar los 36 meses.

La inscripción digital también requiere que domicilio, actividad económica y datos del RUC coincidan con los registros oficiales. El MIC explica el circuito en línea y los documentos respaldatorios.


Antes de aplicar la base reducida, conviene revisar el caso concreto. ContaSosa acompaña a empresas y emprendedores en la organización contable, laboral y tributaria, con 13 años de experiencia. Consultas: 0973703793 · eliezer@contasosa.com · contasosa.com.