Flyer de ContaSosa sobre los plazos para cancelar una factura electrónica: 48 horas en e-Kuatia y 120 horas en e-Kuatia’i.
NOTICIAS TRIBUTARIAS

Factura electrónica con error: tenés 48 o 120 horas para cancelarla

Una factura electrónica con un dato incorrecto no debe quedar pendiente hasta el cierre del mes. El tiempo para corregirla depende del sistema utilizado y empieza a contarse desde la fecha y hora en que el SIFEN aprobó el Documento Tributario Electrónico (DTE), no desde el momento en que alguien detectó el error.

Dos sistemas, dos plazos para la factura

SistemaFactura electrónicaOtros DTE
e-KuatiaHasta 48 horasHasta 168 horas (7 días)
e-Kuatia’iHasta 120 horas (5 días)Hasta 168 horas (7 días)

La diferencia es importante. En e-Kuatia, la Resolución General N.º 23/2019, artículo 22, permite solicitar la cancelación de la factura electrónica hasta 48 horas después de su aprobación. Transcurrido ese plazo, la norma indica que la corrección debe realizarse mediante una Nota de Crédito Electrónica (NCE).

En e-Kuatia’i, la Resolución General DNIT N.º 06/2024, artículo 15, establece 120 horas para cancelar una factura cuando existan fallas o errores en los datos o cuando la operación comercial no se haya concretado. Para los demás DTE —como autofacturas, notas de crédito, notas de débito, notas de remisión y boletas Resimple— el plazo máximo es de 168 horas.

Cancelar no significa borrar

Una vez cancelado, el DTE queda registrado definitivamente con ese estado. No puede modificarse ni reutilizarse y deja de tener validez para respaldar débito o crédito fiscal del IVA, así como ingresos, costos o gastos en los impuestos a las rentas. Si la factura tiene otro documento electrónico asociado, puede ser necesario cancelar primero ese documento vinculado.

Control práctico para la empresa

  • Revisar RUC, nombre, concepto, cantidades, precios e impuestos antes de emitir.
  • Confirmar en SIFEN la hora exacta de aprobación.
  • Guardar el motivo, la autorización interna y el respaldo de la cancelación.
  • Enviar al cliente el documento correcto y verificar su tratamiento contable.

La guía vigente de preguntas frecuentes de la DNIT confirma estos plazos. Si el tiempo ya venció o la operación requiere un ajuste particular, conviene revisar el caso antes de emitir otro documento.


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