Guía vigente para inversionistas. El régimen de maquila paraguayo suele resumirse como “un impuesto del 1%”. La cifra es correcta, pero puede inducir a un cálculo equivocado: el tributo único no se determina sobre la utilidad contable.
¿Cuál es la base del 1%?
El Ministerio de Industria y Comercio (MIC) informa que el tributo único del 1% se aplica sobre el mayor valor entre:
- el Valor Agregado Nacional (VAN); o
- el valor de la factura de exportación.
Por eso, una proyección seria no debe calcular el impuesto como 1% de la ganancia esperada. Primero hay que estructurar el programa, determinar ambos valores conforme a la operación aprobada y comparar las bases.
¿Qué integra el Valor Agregado Nacional?
La Resolución SE-CNIME N.º 14/2026, al desarrollar el artículo 37 de la Ley N.º 7547/2025, incluye dentro del VAN conceptos como compras locales de materias primas e insumos, honorarios de profesionales, servicios generales, logística y alquileres contratados en Paraguay, salarios y cargas sociales, remuneración del servicio de maquila, depreciaciones y otros gastos inherentes.
La guía oficial también expresa el VAN proyectado como la diferencia entre exportaciones e importaciones bajo admisión temporal. Esta información debe guardar consistencia con los módulos y formularios de SIMEX.
Marco vigente y empresas alcanzadas
La Ley N.º 7547/2025, vigente desde el 8 de septiembre de 2025, reemplazó a la Ley N.º 1064/1997. Su reglamentación se realizó mediante el Decreto N.º 5714/2026 y la guía para solicitudes fue aprobada por la Resolución SE-CNIME N.º 14/2026.
Pueden presentar programas personas jurídicas o empresas unipersonales constituidas en Paraguay que mantengan una relación comercial con una empresa matriz del exterior. El régimen comprende maquila de bienes, servicios y submaquila. También admite la modalidad pura y por capacidad ociosa; las ventas locales de esta última quedan sujetas a los tributos internos correspondientes.
¿Qué debe preparar el inversionista?
| Área | Preparación necesaria |
|---|---|
| Societaria | Constitución, RUC y comunicaciones vigentes de estructura jurídica y beneficiarios finales. |
| Comercial | Contrato de maquila o carta de intención con la matriz extranjera. |
| Financiera | Inversión, fuente de fondos, exportaciones, importaciones y VAN proyectado en USD. |
| Operativa | Proceso, capacidad, empleo, inmueble, licencia ambiental y coeficientes técnicos cuando correspondan. |
| Cumplimiento | Certificados tributarios e IPS, estados financieros y documentos apostillados o traducidos de la matriz. |
El trámite se gestiona electrónicamente mediante SIMEX/VUE. El MIC publica un costo administrativo gratuito y un tiempo referencial de 90 días, pero esto no sustituye la evaluación del programa ni garantiza aprobación automática.
Acción recomendada
Antes de prometer costos fiscales a una matriz extranjera, prepará un modelo que concilie factura de exportación, importaciones temporales, componentes del VAN, empleo e inversión. Esa revisión permite medir el 1% sobre la base correcta y evita inconsistencias entre el plan de negocios, la contabilidad y SIMEX.
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