El 1 de diciembre de 2026 comienza una nueva etapa de la facturación electrónica obligatoria en Paraguay. La fecha alcanza a los contribuyentes incluidos en los grupos 18 y 21 de la DNIT. Noviembre es, por tanto, el último mes completo para probar el sistema, ordenar la numeración y coordinar el cierre de los comprobantes físicos.
A quiénes alcanza la obligación
La Resolución General DNIT N.º 21/2024 fijó el 1 de diciembre de 2026 para el grupo 18, integrado por medianos y grandes contribuyentes individualizados en su Anexo VIII. Posteriormente, la Resolución General DNIT N.º 52/2026 estableció la misma fecha para el grupo 21.
Esto no significa que todos los contribuyentes deban migrar ese día. La obligación corresponde a los RUC incluidos en las nóminas oficiales y comunicados por el Buzón Tributario Marandu. La DNIT informó que la Resolución N.º 52 incorpora de forma progresiva a unos 3.000 contribuyentes en seis grupos; el grupo 21 es solo uno de ellos.
Qué cambia desde diciembre
Desde su fecha de inicio, los alcanzados deberán emitir sus documentos tributarios exclusivamente por e-Kuatia o e-Kuatia’i, según los requisitos aplicables. La excepción prevista es el Comprobante de Retención virtual.
Además, la autorización y el timbrado de documentos preimpresos o autoimpresos perderán vigencia desde el día siguiente a la obligatoriedad. Antes del inicio, cada empresa debe comunicar la numeración utilizada y tramitar la baja de los documentos emitidos por medios distintos al electrónico. Este punto exige conciliar existencias, sucursales, cajas y series para evitar diferencias posteriores.
La prórroga no es automática
El artículo 2 de la Resolución N.º 52 permite solicitar, por única vez, una prórroga de hasta tres meses cuando la adhesión será al sistema transaccional e-Kuatia. La solicitud debe presentarse con al menos 30 días hábiles de antelación, con motivos fundados, identificación, carta de compromiso y cronograma firmado con el desarrollador. Por esa exigencia de anticipación, al 3 de noviembre ya no corresponde asumir que una solicitud nueva podrá presentarse en plazo para el 1 de diciembre.
Checklist práctico para noviembre
- Confirmar el RUC en el Anexo VIII del grupo 18 o en el Anexo III del grupo 21 y revisar Marandu.
- Validar timbrado electrónico, certificado, ambiente de producción y puntos de expedición.
- Probar facturas, notas de crédito, remisiones, contingencia e integración contable.
- Planificar la comunicación de numeración utilizada y la baja de comprobantes físicos.
- Capacitar a ventas, caja, logística y contabilidad antes del corte.
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Fuentes oficiales: comunicado de la DNIT del 6 de mayo de 2026; Resoluciones Generales DNIT N.º 21/2024 y N.º 52/2026 y sus anexos.
