Flyer de ContaSosa: retenciones de octubre, confirmar hasta el 6 de noviembre de 2026 y pagar hasta el 9 porque el día 7 cae sábado.
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Retenciones de octubre: el 6 se confirma y el 9 se paga en noviembre

Guía vigente al 2 de noviembre de 2026. Las empresas designadas como agentes de retención deben separar dos momentos del cierre de octubre: revisar y confirmar la liquidación proforma hasta el viernes 6, y pagar el saldo hasta el lunes 9 de noviembre. El segundo plazo se traslada porque el día 7 cae sábado.

Flyer de ContaSosa: retenciones de octubre, confirmar hasta el 6 de noviembre de 2026 y pagar hasta el 9 porque el día 7 cae sábado.
Dos controles distintos: confirmar la proforma y pagar el saldo.

Qué dispone la DNIT

El artículo 5 de la Resolución General N.º 38/2020 establece que la proforma de retenciones de Renta —IRE, IRP e INR— y del IVA del periodo anterior debe verificarse y confirmarse dentro de los primeros seis días corridos del mes. Para noviembre de 2026, ese plazo termina el viernes 6.

Si el agente no confirma dentro del plazo, la DNIT tendrá la liquidación por aceptada e imputará el importe como saldo definitivo a favor del Fisco. No confirmar no suspende la obligación ni equivale a dejarla pendiente para una revisión posterior.

FechaAcciónControl
Hasta el 6 de noviembreVerificar y confirmarComprobantes, importes y datos de retenidos
7 de noviembreVencimiento normativoCae sábado
9 de noviembrePagarPrimer día hábil siguiente

Qué revisar antes de confirmar

  • Comparar los comprobantes virtuales emitidos con la contabilidad y el mayor de retenciones.
  • Verificar RUC, tipo de impuesto, base, tasa e importe retenido por cada operación.
  • Controlar anulaciones, documentos omitidos y ajustes generados después del cierre.
  • Conciliar los formularios de renta e IVA con el saldo que muestra Marangatu.
  • Dejar disponible el flujo de caja para el pago, sin confundir confirmación con cancelación.

La regla general fija el pago hasta el día 7; si coincide con un día inhábil, se traslada al primer día hábil siguiente. Por eso, en este mes corresponde pagar el lunes 9. La propia resolución aclara que este procedimiento no se aplica a las Entidades Generadoras de Dividendos, Utilidades y Rendimientos (EGDUR), que se rigen por su norma específica.

Por qué importa confirmar con datos correctos

Un error puede afectar tanto la cuenta corriente del agente como la información utilizada por el sujeto retenido en su declaración. Además, los ajustes posteriores que generen saldo a favor del Fisco pueden producir impuestos y recargos. La acción prudente es conciliar antes del día 6, documentar las diferencias y no esperar al último momento para revisar la proforma.

ContaSosa puede ayudarte a revisar las retenciones, la contabilidad y la cuenta corriente tributaria antes del vencimiento. Consultas: contasosa.com, 0973 703 793 o eliezer@contasosa.com.