Guía tributaria vigente al 23 de octubre de 2026. Financiar impuestos puede aliviar una tensión inmediata de caja, pero no convierte la deuda en dinero barato. Antes de solicitar cuotas, la empresa debe medir el costo, el calendario de pagos y la capacidad real de sostenerlos.

Qué cambió y desde cuándo rige
El Decreto N.º 6478/2026 fijó en 1,4 % mensual la tasa de interés para las facilidades de pago de tributos administrados por la Gerencia General de Impuestos Internos de la DNIT. El artículo 1 establece que se aplica a los planes otorgados a partir del 1 de septiembre de 2026; el artículo 3 derogó el Decreto N.º 5028/2021 desde esa fecha.
La DNIT comunicó la medida el 14 de septiembre y aclaró que la tasa queda por debajo del 1,5 % mensual correspondiente al recargo por mora. Es importante distinguir ambos conceptos: la facilidad de pago es un plan autorizado; la mora es la consecuencia de mantener una obligación vencida.
Cuotas no significa condonación
El decreto modifica el costo financiero del fraccionamiento, pero no anuncia una exoneración general ni elimina el capital adeudado. Tampoco permite calcular el costo total mirando solamente el 1,4 %: deben considerarse el saldo financiado, la cantidad de cuotas, la forma de amortización y las demás condiciones que resulten aplicables al plan concreto.
Por eso, antes de confirmar una facilidad conviene solicitar la simulación completa y llevarla al flujo de caja mensual. Una cuota que parece manejable puede coincidir con salarios, IPS, proveedores, alquileres y otros vencimientos tributarios.
Tres comparaciones para decidir
| Alternativa | Qué revisar |
|---|---|
| Pago al contado | Descuento financiero implícito, caja mínima y continuidad operativa. |
| Facilidad DNIT | Tasa del 1,4 %, cuota, plazo, requisitos y costo total informado. |
| Crédito bancario | Tasa efectiva, gastos, garantías y flexibilidad del calendario. |
Acción concreta para la empresa
- Conciliar primero la deuda por impuesto y período.
- Separar el tributo corriente de obligaciones vencidas.
- Proyectar todas las cuotas junto con los gastos fijos.
- Comparar el costo total, no solo la tasa anunciada.
- Documentar la decisión y controlar cada vencimiento del plan.
Una facilidad puede ser útil para ordenar una obligación sin descapitalizar el negocio, pero debe formar parte de una decisión financiera y tributaria coordinada. Postergar sin plan puede aumentar el problema.
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