Flyer de ContaSosa sobre actualización del RUC en Marangatu: 30 días hábiles, correo con aprobación automática y representante legal con aprobación presencial.
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Marangatu rechazó la actualización del RUC: qué revisar en una persona jurídica

Guía tributaria. Que Marangatu rechace una actualización no significa necesariamente que el nuevo correo esté prohibido. En las personas jurídicas, la DNIT distingue entre cambiar solamente el correo y cambiar al representante legal; cada gestión sigue un circuito diferente. La diferencia alcanza a sociedades, fundaciones, asociaciones y demás entidades jurídicas.

Correo y representante: dos trámites distintos

El Anexo 3 vigente de la Resolución General DNIT N.º 34/2025 dispone que, para una persona jurídica, el cambio de correo electrónico sin cambio de representante legal tiene aprobación automática. En cambio, la actualización del representante legal requiere aprobación presencial, previa convocatoria de la DNIT.

Además, el artículo 8 de la Resolución General N.º 79/2021 obliga a comunicar cualquier modificación del RUC dentro de los 30 días hábiles siguientes al cambio. La presentación tardía puede generar una multa por contravención. Los anexos actualizados por la RG 34/2025 rigen desde el día siguiente de su publicación del 1 de agosto de 2025; por tanto, están plenamente vigentes en octubre de 2026.

¿Por qué puede observarse o rechazarse?

El motivo exacto debe verificarse en la observación o notificación del expediente. Antes de volver a presentar, conviene controlar estos puntos del Anexo 2 vigente:

  • Los documentos deben provenir de originales, ser legibles, completos y estar ordenados; cada PDF no puede superar 10 MB.
  • Para incorporar o cambiar al representante legal, la cédula debe incluir anverso y reverso, firma al pie y archivo PDF dentro de un ZIP. El PDF debe nombrarse con la estructura TipoDeDocumento_Número, por ejemplo, CEDULA_123.
  • Debe adjuntarse el respaldo de la designación según el tipo de entidad. Para fundaciones y otras entidades jurídicas, corresponde el documento que acredite la designación del representante legal por el órgano competente.
  • Si la solicitud mezcla el cambio de correo con el cambio de representante, ya no corresponde tratarla como un simple cambio automático de correo.

Acción práctica para la entidad

Primero, identifique qué dato se quiso modificar y lea la observación completa. Luego confronte el formulario con el acta o resolución de designación, la identidad del representante y el formato de cada archivo. Si una situación particular impide registrar la solicitud por internet, el propio Anexo 3 indica que debe tramitarse ante una Plataforma de Atención al Contribuyente.

Si el problema es que el representante no tiene acceso al correo anterior y tampoco puede recuperar la clave, la DNIT prevé la Solicitud de Clave de Acceso —Formulario N.º 630— y una verificación presencial para personas jurídicas, según sus preguntas frecuentes oficiales.

ContaSosa puede acompañar la revisión documental y tributaria antes de una nueva presentación. Consultas: 0973 703 793 · eliezer@contasosa.com · contasosa.com. La orientación final debe considerar la observación concreta emitida por la DNIT.