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Reglamentan Ley que extiende permiso de maternidad

 

El presidente de la República, Horacio Cartes, firmó este martes el decreto por el cual se reglamenta la Ley de Maternidad, promulgada en octubre el 2015. La normativa extiende el permiso de reposo de las madres y los padres.

A través de la Asesoría Jurídica de la Presidencia de la República se dio a conocer decreto por el cual se reglamenta la Ley 7550 de Promoción, Protección de la Maternidad y Apoyo a la Lactancia Materna.

Con la normativa, promulgada en octubre del 2015, se garantiza a las trabajadoras el derecho a usufructuar el permiso por maternidad, que abarca desde el periodo prenatal, el nacimiento y el postnatal.Resultado de imagen para maternidad laboral

El objetivo es permitir que la gravidez, el parto, la recuperación y el reposo de la madre tras el parto aseguren su función procreadora sin comprometer su estabilidad económica y laboral, informó el sitio web de la Presidencia de la República.

Toda mujer trabajadora tendrá derecho a utilizar el permiso por maternidad dentro del plazo fijado por la Ley, con todos los beneficios que en la misma se establezcan.

Los beneficios previstos por la normativa son: el permiso por maternidad prenatal, nacimiento y postnatal; derecho a la lactancia exclusiva del niño o niña y prohibición de ejecutar determinados trabajos.

También la inamovilidad laboral desde la notificación al empleador del estado de gravidez y hasta un año después del nacimiento o adopción del niño o niña, ni reubicación laboral por estado de gravidez.

PERMISOS. El decreto reglamentario establece que el permiso prenatal es el descanso de dos (2) semanas anteriores al nacimiento del niño o niña que la ley otorga opcionalmente a la madre. El médico que tenga a su cargo la atención de la mujer determinará la fecha probable de nacimiento para efectos de este permiso a través de certificado médico.

Mientras que el permiso postnatal es el periodo de descanso de dieciséis (16) semanas posteriores al nacimiento del niño o niña, en caso de haberse optado por el permiso prenatal. Caso contrario, el descanso postnatal será de dieciocho (18) semanas.

Este permiso corresponde también a la trabajadora o trabajador que tenga a su cuidado un menor de edad inferior a seis (6) meses, por habérsele otorgado judicialmente la tuición como medida de protección.

COBERTURA. El 100% de la extensión de los permisos señalados precedentemente estará a cargo del seguro social de la trabajadora, y si no lo tuviere, quedará a cargo del empleador.

En caso de duda para el otorgamiento o no de las extensiones de los permisos por patologías derivadas del embarazo, el Instituto de Previsión Social podrá solicitar directamente una Junta Médica para el pago del subsidio.

El padre tendrá derecho a un permiso remunerado con cargo al empleador durante catorce (14) días corridos e ininterrumpidos en caso de nacimiento del niño o niña, el que podrá utilizar desde el momento del parto.

SUBSIDIO. En el reglamento se explica que el subsidio por maternidad, que consiste en el pago a la mujer trabajadora con permiso de maternidad, es correspondiente al 100% de la última remuneración imponible inmediatamente anterior al usufructo del permiso, a partir del tercer año de entrada en vigencia de la ley.

El periodo de subsidio deberá coincidir con el tiempo que dura el descanso pre y postnatal y el cobro del mismo está sujeto al goce efectivo del permiso de maternidad establecido en la Ley.

Por otra parte, el Instituto de Previsión Social es la entidad encargada del pago del subsidio por permiso de maternidad, a todas las trabajadoras afiliadas al seguro social que sean sujeto de derecho de acuerdo con lo dispuesto en la presente reglamentación.

Las autoridades competentes para entender en la aplicación de la Ley 5508/2015 y su reglamentación, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, serán el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social.

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PROGRAMA EMPRENDIDO POR MH, MSP Y MEC, JUNTO A SAS Y STP Gobierno busca mejorar la eficiencia y calidad del gasto en salud y educación

A fin de mejorar la eficiencia de la inversión social, fundamentalmente en las áreas de salud y educación, el Gobierno nacional apunta a implementar un Programa de Revisión del Gasto Público (Public Expenditure Review, PER) mediante un esfuerzo coordinado entre el Ministerio de Hacienda (MH), Ministerio de Salud Pública (MSP), Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), Secretaría de Acción Social (SAS), Secretaria Técnica de Planificación (STP) con el apoyo del Banco Mundial (BM).

A este respecto, la ministra de Hacienda, Lea Giménez, junto con los ministros de Salud, Antonio Barrios; de la Secretaría de Acción Social (SAS), Héctor Cárdenas, y la viceministra de Educación, María del Carmen Giménez, esta mañana recibió a una misión del BM para la Revisión del Gasto Público en las áreas sociales de Educación y Salud, encabezada por el director para el Cono Sur, Jesko Hentschel.

Al término de este encuentro, Hentschel informó que la Revisión del Gasto Público (PER, por sus siglas en inglés) es un ejercicio que el BM realiza a nivel global, y a pedido de los países interesados en identificar oportunidades y propuestas de mejoras en la asignación de recursos y en la eficiencia del gasto.

Remarcó que las revisiones del gasto público son herramientas fundamentales de diagnóstico que el Banco realiza a requerimiento de sus países socios. Estas revisiones, que no son auditorías, tienen como objetivo evaluar la eficiencia, la efectividad y la equidad del gasto público en determinados sectores. Dejó en claro que esta revisión no se trata de una auditoría, sino de una herramienta que se aplica en varios países.

La ministra de Hacienda, Lea Giménez, enfatizó que por primera vez se lleva adelante este análisis que se realizará de manera conjunta con los Ministerios de Salud y Educación, la SAS y STP, para mejorar la eficiencia y calidad del gasto público en las áreas de salud y educación. Explicó que el PER es una herramienta de diagnóstico que permite a los países analizar la efectividad del gasto público de acuerdo a las prioridades del país; establecer mecanismos eficaces y transparentes para asignar y utilizar los recursos públicos disponibles de manera que promuevan el crecimiento económico y ayuden a reducir la pobreza.

Es de destacar que la misión del BM, además del director Jesko Hentschel, también estuvo integrada por Celia Ortega, representante residente en Paraguay; Matteo Morgandi, economista senior y gerente del Estudio; Stefano Curto, economista senior Macrofiscal; Rafael Rofman, líder del Programa del Sector Social; Emily Sinnot, líder del Programa del Sector Económico; Mónica Yanez, economista en Educación; Rovane Schwengber, analista en Protección Social; Pablo Saavedra, gerente de la Práctica Global de Unidad Global Macro fiscal; Ruslan Piontkivsky, economista Senior; y Aakash Mohpal, economista en Salud.

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Aumento del Salario Mínimo desde el 1 de Julio 2017. Según declaraciones a 970 am.

Desde el Ministerio de Trabajo confirmaron que el 1 de julio entrará en vigencia el nuevo monto del salario mínimo. El porcentaje del aumento aún no fue definido y dependerá del nivel de inflación acumulado, que estaría entre el 3 y 4%.

El viceministro de Trabajo, César Segovia, en contacto con la 970 AM habló sobre el reajuste del salario mínimo que se tiene previsto para este año.

Al respecto, confirmó que la semana pasada se reunió el Consejo Nacional de Salarios Mínimos para analizar la propuesta y elevó una nota al Banco Central del Paraguay (BCP) solicitando un informe sobre la inflación acumulada desde noviembre del año pasado hasta mayo de este año.

Una vez que se cuente con dicha información, el Consejo de Salarios volverá a reunirse y, tras analizar los datos proveídos por el BCP, elevarán una propuesta de aumento del salario mínimo al Poder Ejecutivo.

Segovia indicó que antes de que finalice el mes de junio el presidente Cartes deberá promulgar un decreto donde se establecerán los nuevos valores del salario mínimo legal. Su entrada en vigencia sería el 1 de julio.

“Este salario mínimo es para el sector privado, el sector público tiene otro marco legal tanto en la Ley de la Función Pública y la Ley de Presupuesto”, explicó el viceministro a la 970 AM. Asimismo, aprovechó para aclarar que la modificación afecta sólo a aquellos que ganan el salario mínimo, ya que no es un aumento generalizado para todos los trabajadores.

También mencionó que esta modificación se debe considerar más bien como un reajuste salarial y no precisamente un aumento, teniendo en cuenta los porcentajes de la inflación que se fueron acumulando en los meses anteriores y en base a la experiencia de los reajustes que se habían dado en el transcurso de los últimos años.

Segovia estimó que la variación de este año será mucho menor a la que se tuvo anteriormente, ya que la inflación rondaría entre el 3 y 4%.

Según datos que maneja el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) alrededor de 400.000 personas perciben actualmente el salario mínimo en nuestro país.

El presidente Horacio Cartes promulgó en noviembre del año pasado la ley que establece el estudio automático cada mes de junio del salario mínimo legal vigente en el Paraguay, de modo a reajustarlo dependiendo del incremento de la inflación. El último reajuste fue del 7,7 %, estableciéndose un monto de Gs. 1.964.507.

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Rotar de Auditor Sera una exigencia de la Set para los grandes contribuyentes.

Los grandes contribuyentes que tengan una facturación anual igual o superior a G. 6.000 millones al año deberán rotar a sus auditores para la presentación de sus Auditorías Externas Impositivas (AEI).

Así lo anunció ayer la viceministra de Tributación, Marta González, tras una reunión mantenida con el ministro de Hacienda, Santiago Peña, y representantes de los auditores impositivos.

Explicó que la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) empezará a trabajar en una reglamentación acorde a las normas internacionales que regulan la materia.

Unos 7.000 contribuyentes se verán afectados por esta obligación, los que representan a casi el 10% del total de los aportantes al Fisco.

“Tenemos que avanzar hacia normas internacionales de auditoría, principalmente, para ese segmento de contribuyentes que ellos atienden. Estamos hablando de unos casi 7.000 contribuyentes que están obligados hoy día a tener auditorías impositivas (…) La rotación de auditores ahora vamos a reglamentar, (para) que sea el contribuyente el obligado a rotar a sus auditores”, expresó González.

Arreglo. La viceministra González resaltó que el diálogo con los profesionales se realizó en buen término y acordaron dejar atrás la crispación en el relacionamiento entre ambos sectores, tras una serie de reglamentos y cuestionamientos realizados en los últimos meses.

En ese sentido, señaló que se hizo énfasis en una cooperación mutua para acabar con la evasión fiscal, contrarrestando casos de maquillajes contables y falsificaciones de facturas.

Indicó que, en el marco de la inclusión de nuestro país como asociado del Centro de Desarrollo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), también se debatió sobre nuevas normativas para el periodo de adecuación del país, entre las que se encuentra la creación de un comité de auditoría para el control a las grandes empresas.

“Esta es una decisión política nacional demasiado importante (ser miembro pleno de la OCDE), pero que para eso nosotros tenemos que hacer las tareas, no solamente el sector público del Paraguay”, manifestó.

Sin avance. Con respecto a la investigación sobre la empresa D9 Club de Emprendedores, la viceministra informó que el caso sigue su curso normal, pero que por el momento no hay mayores novedades.

La SET lleva adelante una pesquisa inicial, donde ya se comprobó que la compañía no se encuentra actualmente inscrita en el Registro Único del Contribuyente (RUC).

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El sueño de no pagar mas un Programa costoso de facturacion esta a la puerta en Paraguay. SET anuncio facturacion electronica.

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) continuó ayer con su serie de reuniones, en el marco de la implementación del proyecto de facturación electrónica. Este es un sistema tecnológico de pagos de impuestos y servicios que representará un beneficio para el Estado y el sector privado.

Ayer acudieron los representantes de empresas de servicio y desarrolladores de InventarioFacturacion1024x680software, a fin de conocer este proyecto que para la administración tributaria representará tener un sistema de control para reducir la evasión fiscal y menores costos para los contribuyentes, emisores y sus respectivos clientes, atendiendo a que quedará de lado el uso del papel y también para establecer la trazabilidad en las transacciones comerciales.

Roberto Castillo, director de Asistencia de la SET, recordó que nuestro país, inició en el 2015 la implementación del software Tesaka, en una primera fase que contempló la emisión de comprobantes fiscales y se constituyó en el primer avance hacia la facturación electrónica.

Precisó que ahora están comenzando las acciones para implementar la facturación electrónica. “Desde la semana pasada venimos presentando a diversos sectores que van a formar parte de este proyecto, como ser las empresas públicas, los grandes gremios de empresas, comercios, industria y agricultura. Ahora nos reunimos con la gente que va a desarrollar los software, las comunicaciones, a fin de que vayan conociendo este proyecto”, recalcó.

Castillo resaltó que este proyecto tiene una afectación país y depende de la participación de todos el éxito que tienen en expectativa.

PROCESO. Sobre la marcha de la implementación, el nombrado funcionario de Tributación dijo que esta es la primera fase, que es la de definición para encontrar todos los lineamientos funcionales.

“Cuando hablamos de esto significa cómo va a funcionar la facturación electrónica, el modelo tecnológico; es decir cómo electrónicamente se va a hacer la facturar y finalmente eso se tiene que plasmar en un documento para que ya los contribuyentes puedan ir previendo para entrar a conocer”, puntualizó.

Añadió que esto se podrá hacer en cualquiera de las etapas ya sea en el plan piloto, en la voluntariedad de los contribuyentes o la obligatoriedad.

Consultado sobre el plazo estimado para la implementación efectiva y plena del proyecto, refirió que podría ser de entre dos y tres años.

“Si uno mira la experiencia en otros países es una experiencia que lleva de cinco a diez años. Pero en Paraguay, con las lecciones aprendidas de otros países, creemos que dos a tres años ya estaríamos en etapa de masividad u obligatoriedad, aunque antes se hará un plan piloto”, concluyó.

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No hay multas respecto a la RES. 77/16.

Con relación a la actualización de datos biométricos en el RUC, la SET informo:

Que por Resolución General N° 77/16 del 17 de febrero de 2016, se dispone que los contribuyentes (personas físicas) deberán registrar sus  Datos  Biométricos  en  el  Sistema  de  Reconocimiento  de  Huellas Dactilares para la inscripción o actualización en el RUC. Esta disposición también alcanza al representante legal de las empresas (personas jurídicas).

La Subsecreta0005666561ría de Estado de Tributación (SET) informa que este PROCEDIMIENTO ES GRATUITO, Y NO ESTÁ PREVISTA NINGUNA MULTA PUES LA ACTUALIZACION SIGUE SIENDO VOLUNTARIA CONFORME LO DISPONE EL ART. 8 DE LA

De esta manera, la SET DESMIENTE LA PUBLICACIÓN APARECIDA EN LA FECHA EN LAS REDES SOCIALES.

Cualquier consulta pueden contactar a los teléfonos de la set, (021) 417-7000 o bien acercarce a la oficina de Eliezer&Asociados para una consulta impositiva.

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Condenados Por Evasion de impuestos

Caso de Megaevasión: Concluye juicio oral con dos condenados a prisión

En la fecha los ciudadanos Carmelo Álvarez y Sydney Nilton Schiochet fueron condenados La-SET-no-aumenta-multas-por-comunicaci-n-tard-a-de-timbrados-vencidos-shaune-Fraser-campeon-panamericano-natacionpor la justicia a cuatro y dos años de prisión cada uno, por el delito de producción de documentos de contenido falso, en uno de los casos conocidos como “Megaevasión” que habían sido denunciados por la SET.

Según las conclusiones de la investigación, ambos formaban parte del esquema montado para evadir impuestos mediante la utilización de facturas apócrifas que involucró a más de 300 empresas, que fue denunciado por la Subsecretaria de Estado de Tributación en el año 2014.

El conjunto de los CINCO CASOS MÁS CONOCIDOS de los gigantescos esquemas montados para defraudar al fisco, que fueron descubiertos y denunciados ante el Ministerio Público, superó los 400 millones de dólares.

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11,3 Billones Recaudacion sin precedentes registrado en hacienda.

La SET informa a la ciudadanía que en la jornada de ayer 23/11/2016, se alcanzó una recaudación de G 11,3 Billones (US$ 1.991 millones), una cifra nunca antes alcanzada por la Administración Tributaria, y que supera la recaudación total del año anterior, que fue de 10,7 Billones al cierre del año 2015.

Dentro de este total, los principales impuestos en términos de recaudación, mantienen igualmente un crecimiento persistente. En efecto, a esta fecha, el IVA creció en relación al mismo periodo del año anterior, en 13%, en tanto que el IRACIS, 15%. Hay que recordar que los impuestos a la renta (IRACIS, IRAGRO e IRP) representan alrededor del 40% de la recaudación total, en tanto que el IVA, se ubica en torno al 55%.

En este año en el que la coyuntura económica internacional sigue siendo bastante desfavorable, la recaudación acumulada de la SET al 23/11/2016 registra un incremento efectivo del 14,1%, respecto al mismo periodo del año 2015.

El crecimiento sostenido de la recaudación de la SET se debe esencialmente al fortalecimiento de los diversos tipos de controles efectuados; a las nuevas innovaciones y recursos tecnológicos puestos a disposición de los contribuyentes, que facilitan el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como al sostenido incremento de los contribuyentes, ya que desde el 2013, el número de inscriptos en los Impuestos a las Rentas, incluyendo el IRAGRO, aumentó de 387.121 a 502.368.

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Aumentos en recaudaciones de noviembre.

En noviembre de 2016, la SET registró una recaudación de 1.173.184 millones de guaraníes, incluyendo cobros en dinero y los importes cancelados con créditos fiscales. De este valor, lo cobrado en dinero alcanzó la suma de G. 1.095.954 millones, lo que representa un incremento del 14,5%.

Cabe señalar, que de enero a noviembre de este año, la recaudación acumulada alcanzó la suma de G. 11,4 billones, con un incremento del 13,3%, en comparación con el mismo periodo del año 2015, como puede verse en el siguiente cuadro:

Es importante mencionar que a mediados del mes de noviembre la SET superó la barrera de los 11 Billones de recaudación (incluyendo pagos con créditos fiscales), lo que representa un hecho sin precedentes en toda la historia de la SET.

El sostenido crecimiento de la recaudación tributaria es muy superior al crecimiento de la economía del país, y estos resultados se deben esencialmente al combate frontal a la evasión fiscal y a las nuevas innovaciones y recursos tecnológicos puestos a disposición de los contribuyentes, que facilitan el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

El detalle de la recaudación, por impuestos, se muestra en el siguiente cuadro:

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Ley N° 5741/2016 Seguro Social para Microempresarios

En la fecha, el Ejecutivo promulgó la Ley para seguro social de microempresarios, consistente en un sistema especial de beneficios dentro del Instituto de Previsión Social (IPS).

Mediante la Ley N° 5741/2016 “Que establece un sistema especial de beneficios del Sistema de Seguridad Social (IPS) a los microempresarios” se establecerá un sistema especial de aportes para que los microempresarios puedan beneficiarse con el sistema de Seguridad Social.

Los sujetos de la presente cotizarán al IPS el 24% calculado sobre la base imponible establecida en el artículo precedente de esta ley, distribuyéndose dicho aporte como sigue: 12,5% al fondo de jubilaciones y pensiones, el 2,5% al fondo de Administración General de la Entidad y el 9% al fondo de Enfermedad y Maternidad.

Los dueños de las microempresas se encuentran totalmente desprotegidos, pues no cuentan con recursos económicos suficientes para acceder al costoso sistema de seguros médicos privados.

Aplicación de Ley

El Ministerio de Industria y Comercio (MIC) será la autoridad de aplicación de esta legislación, que trabajará coordinadamente con el Instituto de Previsión Social y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en la reglamentación, mecanismos de promoción e incorporación gradual de las MIPYMES al Seguro Social del Instituto de Previsión Social.