Autor: Eliezer Sosa
Reglamentan Ley que extiende permiso de maternidad
El presidente de la República, Horacio Cartes, firmó este martes el decreto por el cual se reglamenta la Ley de Maternidad, promulgada en octubre el 2015. La normativa extiende el permiso de reposo de las madres y los padres.
A través de la Asesoría Jurídica de la Presidencia de la República se dio a conocer decreto por el cual se reglamenta la Ley 7550 de Promoción, Protección de la Maternidad y Apoyo a la Lactancia Materna.
Con la normativa, promulgada en octubre del 2015, se garantiza a las trabajadoras el derecho a usufructuar el permiso por maternidad, que abarca desde el periodo prenatal, el nacimiento y el postnatal.
El objetivo es permitir que la gravidez, el parto, la recuperación y el reposo de la madre tras el parto aseguren su función procreadora sin comprometer su estabilidad económica y laboral, informó el sitio web de la Presidencia de la República.
Toda mujer trabajadora tendrá derecho a utilizar el permiso por maternidad dentro del plazo fijado por la Ley, con todos los beneficios que en la misma se establezcan.
Los beneficios previstos por la normativa son: el permiso por maternidad prenatal, nacimiento y postnatal; derecho a la lactancia exclusiva del niño o niña y prohibición de ejecutar determinados trabajos.
También la inamovilidad laboral desde la notificación al empleador del estado de gravidez y hasta un año después del nacimiento o adopción del niño o niña, ni reubicación laboral por estado de gravidez.
PERMISOS. El decreto reglamentario establece que el permiso prenatal es el descanso de dos (2) semanas anteriores al nacimiento del niño o niña que la ley otorga opcionalmente a la madre. El médico que tenga a su cargo la atención de la mujer determinará la fecha probable de nacimiento para efectos de este permiso a través de certificado médico.
Mientras que el permiso postnatal es el periodo de descanso de dieciséis (16) semanas posteriores al nacimiento del niño o niña, en caso de haberse optado por el permiso prenatal. Caso contrario, el descanso postnatal será de dieciocho (18) semanas.
Este permiso corresponde también a la trabajadora o trabajador que tenga a su cuidado un menor de edad inferior a seis (6) meses, por habérsele otorgado judicialmente la tuición como medida de protección.
COBERTURA. El 100% de la extensión de los permisos señalados precedentemente estará a cargo del seguro social de la trabajadora, y si no lo tuviere, quedará a cargo del empleador.
En caso de duda para el otorgamiento o no de las extensiones de los permisos por patologías derivadas del embarazo, el Instituto de Previsión Social podrá solicitar directamente una Junta Médica para el pago del subsidio.
El padre tendrá derecho a un permiso remunerado con cargo al empleador durante catorce (14) días corridos e ininterrumpidos en caso de nacimiento del niño o niña, el que podrá utilizar desde el momento del parto.
SUBSIDIO. En el reglamento se explica que el subsidio por maternidad, que consiste en el pago a la mujer trabajadora con permiso de maternidad, es correspondiente al 100% de la última remuneración imponible inmediatamente anterior al usufructo del permiso, a partir del tercer año de entrada en vigencia de la ley.
El periodo de subsidio deberá coincidir con el tiempo que dura el descanso pre y postnatal y el cobro del mismo está sujeto al goce efectivo del permiso de maternidad establecido en la Ley.
Por otra parte, el Instituto de Previsión Social es la entidad encargada del pago del subsidio por permiso de maternidad, a todas las trabajadoras afiliadas al seguro social que sean sujeto de derecho de acuerdo con lo dispuesto en la presente reglamentación.
Las autoridades competentes para entender en la aplicación de la Ley 5508/2015 y su reglamentación, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, serán el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social.
2.041.123 Gs. SUBA DEL SALARIO MINIMO!!
LUNES 26 DE JUNIO.
El anuncio fue hecho por el ministro del Trabajo, Guillermo Sosa, tras una reunión este lunes con el presidente Horacio Cartes en Mburuvicha Róga. El salario mínimo irá de G. 1.964.507 a G. 2.041.123 recién desde julio, detallaron. Las declaraciones de Sosa fueron recogidas por ABC Cardinal.
Este reajuste es el segundo que se hace consecutivamente desde el nuevo proyecto del Gobierno que establece una suba de acuerdo al porcentaje de inflación anual, que en este caso fue del 3,9%. El año pasado fue de 7,7%.
El reajuste no se aplicará para quienes ganen más del sueldo mínimo, que reclaman lo mismo a raíz de la pérdida del poder adquisitivo.
IPS requiere presentación de examen médico admisional de trabajadores para ingreso al seguro social
El Instituto de Previsión Social por Resolución C.A. N° 099-022/16 aprobó el reglamento que establece la presentación del examen médico admisional de los trabajadores a cargo de los empleadores. Esta medida afecta únicamente a los nuevos inscriptos al seguro social del IPS que regirá desde el 01 de junio del 2017.
El presente reglamento se aplica a todos los empleadores/patronales y a todos los trabajadores inscriptos ante la Dirección de Aporte Obrero Patronal del IPS. Es obligación del empleador la presentación del certificado médico desde la vigencia del reglamento comunicar al instituto la entrada de un trabajador a la iniciación de tareas y solicitar la inscripción del mismo en el seguro social.
El empleador dispondrá de 90 días luego de la inscripción del trabajador para la presentación del certificado médico ante la Dirección de Aporte Obrero Patronal donde conste la patología preexistente que afecta al postulante especificando si la misma tiene su causa en enfermedades comunes o accidente de trabajo y/o enfermedad profesional. En su caso se acompañará el correspondiente historial clínico. El costo del certificado médico está a cargo del empleador. La Dirección de Aporte Obrero Patronal luego de registrar el cumplimiento por parte del empleador de la presentación del certificado médico remitirá los antecedentes a la Dirección de Riesgo Laboral y Subsidios. En caso de incumplimiento se deberá aplicar la multa establecida equivalente a la suma de guaraníes quince mil (G. 15.000) por día en concepto de multa por omisión de informar datos a la institución a ser aplicada por cada día de atraso en la provisión de dichos datos, multa que deberá impactar automáticamente en la planilla de pago de aportes de la patronal hasta que se dé cumplimiento a lo requerido al reglamento establecido. La Junta Médico-Laboral podrá requerir al empleador la presentación de otros análisis laboratoriales, imágenes y estudios médicos.
DESDE HOY MIÉRCOLES 21 HASTA EL LUNES 26 DE JUNIO Tesoro desembolsa G. 98.500 millones para pagar a proveedores
Desde hoy miércoles, la Dirección General del Tesoro Público (DGTP) del Ministerio de Hacienda desembolsa un total de 98.500 millones de guaraníes para pagar a proveedores y acreedores del Estado, honrando las Solicitudes de Transferencias de Recursos (STR), ejercicio fiscal 2017, correspondientes a compromisos con Fuente de Financiamiento 10 “Recursos del Tesoro”.
Dando continuidad al proceso, se pagará la totalidad de los compromisos correspondientes a STR ingresadas durante la primera quincena del mes de mayo del corriente, así como STR con ingreso durante la segunda quincena de mayo con importes de hasta G. 300 millones y STR con ingreso al 15 de junio con importes de hasta G. 50 millones. Dichos pagos se extenderán hasta el lunes 26 de junio.
Este hecho da cuenta que el proceso de transferencias se realiza de manera sostenida y respondiendo a la presentación de las Solicitudes de Transferencias de Recursos ingresadas por las instituciones públicas.
Se puede acceder al calendario detallado de pagos en la página web del Ministerio de Hacienda (www.hacienda.gov.py) a través del link Pago a Proveedores.
Asimismo, la mencionada información se halla disponible en la página web de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py), Menú de Pagos, Submenú “Calendario Pagos M.H.”, y además en Enlaces de Interés del portal del SIPE (Sistema de Proveedores del Estado).
PROGRAMA EMPRENDIDO POR MH, MSP Y MEC, JUNTO A SAS Y STP Gobierno busca mejorar la eficiencia y calidad del gasto en salud y educación
A fin de mejorar la eficiencia de la inversión social, fundamentalmente en las áreas de salud y educación, el Gobierno nacional apunta a implementar un Programa de Revisión del Gasto Público (Public Expenditure Review, PER) mediante un esfuerzo coordinado entre el Ministerio de Hacienda (MH), Ministerio de Salud Pública (MSP), Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), Secretaría de Acción Social (SAS), Secretaria Técnica de Planificación (STP) con el apoyo del Banco Mundial (BM).
A este respecto, la ministra de Hacienda, Lea Giménez, junto con los ministros de Salud, Antonio Barrios; de la Secretaría de Acción Social (SAS), Héctor Cárdenas, y la viceministra de Educación, María del Carmen Giménez, esta mañana recibió a una misión del BM para la Revisión del Gasto Público en las áreas sociales de Educación y Salud, encabezada por el director para el Cono Sur, Jesko Hentschel.
Al término de este encuentro, Hentschel informó que la Revisión del Gasto Público (PER, por sus siglas en inglés) es un ejercicio que el BM realiza a nivel global, y a pedido de los países interesados en identificar oportunidades y propuestas de mejoras en la asignación de recursos y en la eficiencia del gasto.
Remarcó que las revisiones del gasto público son herramientas fundamentales de diagnóstico que el Banco realiza a requerimiento de sus países socios. Estas revisiones, que no son auditorías, tienen como objetivo evaluar la eficiencia, la efectividad y la equidad del gasto público en determinados sectores. Dejó en claro que esta revisión no se trata de una auditoría, sino de una herramienta que se aplica en varios países.
La ministra de Hacienda, Lea Giménez, enfatizó que por primera vez se lleva adelante este análisis que se realizará de manera conjunta con los Ministerios de Salud y Educación, la SAS y STP, para mejorar la eficiencia y calidad del gasto público en las áreas de salud y educación. Explicó que el PER es una herramienta de diagnóstico que permite a los países analizar la efectividad del gasto público de acuerdo a las prioridades del país; establecer mecanismos eficaces y transparentes para asignar y utilizar los recursos públicos disponibles de manera que promuevan el crecimiento económico y ayuden a reducir la pobreza.
Es de destacar que la misión del BM, además del director Jesko Hentschel, también estuvo integrada por Celia Ortega, representante residente en Paraguay; Matteo Morgandi, economista senior y gerente del Estudio; Stefano Curto, economista senior Macrofiscal; Rafael Rofman, líder del Programa del Sector Social; Emily Sinnot, líder del Programa del Sector Económico; Mónica Yanez, economista en Educación; Rovane Schwengber, analista en Protección Social; Pablo Saavedra, gerente de la Práctica Global de Unidad Global Macro fiscal; Ruslan Piontkivsky, economista Senior; y Aakash Mohpal, economista en Salud.
Aumento del Salario Mínimo desde el 1 de Julio 2017. Según declaraciones a 970 am.
Desde el Ministerio de Trabajo confirmaron que el 1 de julio entrará en vigencia el nuevo monto del salario mínimo. El porcentaje del aumento aún no fue definido y dependerá del nivel de inflación acumulado, que estaría entre el 3 y 4%.
El viceministro de Trabajo, César Segovia, en contacto con la 970 AM habló sobre el reajuste del salario mínimo que se tiene previsto para este año.
Al respecto, confirmó que la semana pasada se reunió el Consejo Nacional de Salarios Mínimos para analizar la propuesta y elevó una nota al Banco Central del Paraguay (BCP) solicitando un informe sobre la inflación acumulada desde noviembre del año pasado hasta mayo de este año.
Una vez que se cuente con dicha información, el Consejo de Salarios volverá a reunirse y, tras analizar los datos proveídos por el BCP, elevarán una propuesta de aumento del salario mínimo al Poder Ejecutivo.
Segovia indicó que antes de que finalice el mes de junio el presidente Cartes deberá promulgar un decreto donde se establecerán los nuevos valores del salario mínimo legal. Su entrada en vigencia sería el 1 de julio.
“Este salario mínimo es para el sector privado, el sector público tiene otro marco legal tanto en la Ley de la Función Pública y la Ley de Presupuesto”, explicó el viceministro a la 970 AM. Asimismo, aprovechó para aclarar que la modificación afecta sólo a aquellos que ganan el salario mínimo, ya que no es un aumento generalizado para todos los trabajadores.
También mencionó que esta modificación se debe considerar más bien como un reajuste salarial y no precisamente un aumento, teniendo en cuenta los porcentajes de la inflación que se fueron acumulando en los meses anteriores y en base a la experiencia de los reajustes que se habían dado en el transcurso de los últimos años.
Segovia estimó que la variación de este año será mucho menor a la que se tuvo anteriormente, ya que la inflación rondaría entre el 3 y 4%.
Según datos que maneja el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) alrededor de 400.000 personas perciben actualmente el salario mínimo en nuestro país.
El presidente Horacio Cartes promulgó en noviembre del año pasado la ley que establece el estudio automático cada mes de junio del salario mínimo legal vigente en el Paraguay, de modo a reajustarlo dependiendo del incremento de la inflación. El último reajuste fue del 7,7 %, estableciéndose un monto de Gs. 1.964.507.
Rotar de Auditor Sera una exigencia de la Set para los grandes contribuyentes.
Los grandes contribuyentes que tengan una facturación anual igual o superior a G. 6.000 millones al año deberán rotar a sus auditores para la presentación de sus Auditorías Externas Impositivas (AEI).
Así lo anunció ayer la viceministra de Tributación, Marta González, tras una reunión mantenida con el ministro de Hacienda, Santiago Peña, y representantes de los auditores impositivos.
Explicó que la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) empezará a trabajar en una reglamentación acorde a las normas internacionales que regulan la materia.
Unos 7.000 contribuyentes se verán afectados por esta obligación, los que representan a casi el 10% del total de los aportantes al Fisco.
“Tenemos que avanzar hacia normas internacionales de auditoría, principalmente, para ese segmento de contribuyentes que ellos atienden. Estamos hablando de unos casi 7.000 contribuyentes que están obligados hoy día a tener auditorías impositivas (…) La rotación de auditores ahora vamos a reglamentar, (para) que sea el contribuyente el obligado a rotar a sus auditores”, expresó González.
Arreglo. La viceministra González resaltó que el diálogo con los profesionales se realizó en buen término y acordaron dejar atrás la crispación en el relacionamiento entre ambos sectores, tras una serie de reglamentos y cuestionamientos realizados en los últimos meses.
En ese sentido, señaló que se hizo énfasis en una cooperación mutua para acabar con la evasión fiscal, contrarrestando casos de maquillajes contables y falsificaciones de facturas.
Indicó que, en el marco de la inclusión de nuestro país como asociado del Centro de Desarrollo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), también se debatió sobre nuevas normativas para el periodo de adecuación del país, entre las que se encuentra la creación de un comité de auditoría para el control a las grandes empresas.
“Esta es una decisión política nacional demasiado importante (ser miembro pleno de la OCDE), pero que para eso nosotros tenemos que hacer las tareas, no solamente el sector público del Paraguay”, manifestó.
Sin avance. Con respecto a la investigación sobre la empresa D9 Club de Emprendedores, la viceministra informó que el caso sigue su curso normal, pero que por el momento no hay mayores novedades.
La SET lleva adelante una pesquisa inicial, donde ya se comprobó que la compañía no se encuentra actualmente inscrita en el Registro Único del Contribuyente (RUC).
“Multas deberían estar categorizadas por infracción”
Alba Talavera, del Colegio de Contadores, señaló que no está de acuerdo con el proyecto de ley “Que actualiza el régimen tributario para mejorar el cumplimiento voluntario y prevenir el fraude fiscal”, debido a que lo que realmente se debería hacer es categorizar las multas y aplicarlas de acuerdo con los tipos de infracciones que realizan los contribuyentes y no según el volumen del ingreso, como plantea el documento.
Agregó que no es lo mismo que a una empresa que gana más le impongan una multa por mayor valor porque presentó muy tarde sus impuestos o porque no presentó, que a una empresa pequeña, por el hecho de que tenga menores ingresos, le cobren menos por la misma infracción.
Cabe recordar que el proyecto de ley pretende modificar varios artículos de la Ley N° 125/1991 (De Reforma Tributaria), en lo referente a las facultades de control y fiscalización de la Administración Tributaria, además de adecuar la tipificación y la sanción de las infracciones tributarias.
La propuesta contempla la acumulación de las sanciones monetarias, la graduación en su aplicación teniendo en cuenta el tamaño de la empresa, el número de sucursales o los depósitos, tipo de actividad o giro comercial, entre otros, y su eximición en el caso de regularización voluntaria de los incumplimientos.
En el proyecto se prevé la facultad de la Administración Tributaria de dictar medidas de urgencia para impedir o limitar la comisión de actos tendientes a la defraudación fiscal, como operar irregular, libre y públicamente sin estar inscritos en los registros habilitados ni documentar las operaciones económicas.
parámetros. Talavera agregó que para los tributaristas no es un parámetro el nivel de ingreso, sino que el parámetro serían las compras o transacciones legales que hacen los contribuyentes y posterior a eso se deberían establecer los montos de las multas categorizadas de acuerdo con las infracciones.
Por otro lado, mencionó que se debería controlar a dónde va lo recaudado por las multas, ya que no está de acuerdo con que parte de ellas incluso se repartan entre funcionarios públicos. “Sin embargo, si se destinara a refaccionar colegios, mejorar caminos o invertirlos en salud, sería mucho más adecuado”, enfatizó.
El sueño de no pagar mas un Programa costoso de facturacion esta a la puerta en Paraguay. SET anuncio facturacion electronica.
Ayer acudieron los representantes de empresas de servicio y desarrolladores de
software, a fin de conocer este proyecto que para la administración tributaria representará tener un sistema de control para reducir la evasión fiscal y menores costos para los contribuyentes, emisores y sus respectivos clientes, atendiendo a que quedará de lado el uso del papel y también para establecer la trazabilidad en las transacciones comerciales.
Precisó que ahora están comenzando las acciones para implementar la facturación electrónica. “Desde la semana pasada venimos presentando a diversos sectores que van a formar parte de este proyecto, como ser las empresas públicas, los grandes gremios de empresas, comercios, industria y agricultura. Ahora nos reunimos con la gente que va a desarrollar los software, las comunicaciones, a fin de que vayan conociendo este proyecto”, recalcó.
Castillo resaltó que este proyecto tiene una afectación país y depende de la participación de todos el éxito que tienen en expectativa.
PROCESO. Sobre la marcha de la implementación, el nombrado funcionario de Tributación dijo que esta es la primera fase, que es la de definición para encontrar todos los lineamientos funcionales.
“Cuando hablamos de esto significa cómo va a funcionar la facturación electrónica, el modelo tecnológico; es decir cómo electrónicamente se va a hacer la facturar y finalmente eso se tiene que plasmar en un documento para que ya los contribuyentes puedan ir previendo para entrar a conocer”, puntualizó.
Añadió que esto se podrá hacer en cualquiera de las etapas ya sea en el plan piloto, en la voluntariedad de los contribuyentes o la obligatoriedad.
Consultado sobre el plazo estimado para la implementación efectiva y plena del proyecto, refirió que podría ser de entre dos y tres años.
“Si uno mira la experiencia en otros países es una experiencia que lleva de cinco a diez años. Pero en Paraguay, con las lecciones aprendidas de otros países, creemos que dos a tres años ya estaríamos en etapa de masividad u obligatoriedad, aunque antes se hará un plan piloto”, concluyó.

